jueves, 5 de abril de 2012

Díaz Bessone no será juzgado pero recurrirán en casación

Foto: UNO/Juan Ignacio Pereira
El Tribunal Federal consideró que el represor tiene incapacidad mental, haciendo una “interpretación amplia” del Código Procesal Penal. Querellantes buscarán la revisión de la medida 

Alfredo Hoffman 
De la Redacción de UNO 

El represor Ramón Genaro Díaz Bessone, acusado de ser autor mediato de cuatro desapariciones forzadas, Asociación ilícita, Privaciones ilegítimas de la libertad, Allanamientos ilegales de domicilio y Tormentos, no será Juzgado en Paraná. El Tribunal Oral Federal resolvió ayer hacer lugar al planteo de la defensa y separarlo del juicio que tiene como principal imputado al exminsitro del Interior de la dictadura, Albano Harguindeguy. Disconformes con la medida, desde la querella anunciaron que recurrirán en Casación y no se descarta que lo mismo haga el Ministerio Público Fiscal.

El Tribunal, que preside Lilia Carnero e integran Noemí Berros y Roberto López Arango, consideró por unanimidad que “puede afirmarse que ha sobrevenido la incapacidad mental” del procesado para estar en juicio, a pesar de que los peritos de la querella, el médico del exmilitar y los forenses de la Corte Suprema de Justicia habían informado que mantiene la capacidad de comprender. Además, los miembros del Cuerpo Médico Forense (CMF) de la Corte habían señalado que solo se deben tomar recaudos para respetar sus tiempos y que estaba en condiciones de participar del juicio mediante videconferencia desde su domicilio; al tiempo que habían recomendado una serie de estudios para constatar exactamente cuál es el estado psico-físico actual del represor.

Para llegar a la resolución de ayer, los magistrados hicieron una “interpretación amplia” del artículo 77 del Código Procesal Penal, y tuvieron en cuenta no solo la “dimensión cognitiva” de la incapacidad mental sobreviniente, sino también la “volitiva” (el orden de la voluntad), es decir que el imputado debe tener capacidad de “entender y querer” para poder ser juzgado. Díaz Bessone, como atraviesa un estado de depresión, carecería de la capacidad de querer. Esta interpretación del artículo 77 podría ser uno de los fundamentos de los recursos de casación.

Los jueces fundaron su determinación, en buena parte, en el examen “de visu” que hicieron en el departamento de Díaz Bessone en Rosario, donde constataron su estado de “hipobulia” y vieron a “una persona sentada, hipotónica, casi inmóvil y solo con algunos movimientos de su cabeza, en actitud totalmente pasiva, sin pronunciar palabra alguna, que no contestó siquiera el requerimiento de su médico personal para que dijera su nombre”, dice la resolución.

La decisión resultó sorpresiva para casi todos los presentes en la sala porque se especulaba como salida más probable la realización de los estudios propuestos por los miembros del Cuerpo Médico Forense de la Nación. Sin embargo el Tribunal concluyó que el excomandante del Cuerpo de Ejército II “no está en condiciones psíquicas de estar en juicio en la audiencia de debate en la presente causa, pues no posee aptitud para afrontar en plenario una intervención activa y efectiva en ejercicio del derecho de defensa, de intervenir en aquellos actos que imprescindiblemente requieren de su personal participación; tampoco puede tomar decisiones acerca de cuál ha de ser su comportamiento durante el debate oral”.

El abogado querellante Rubén Pagiotto afirmó que interpondrá el recurso ante la Cámara Nacional de Casación Penal, y adelantó que solicitará que mientras se sustancie el reclamo se le dé efecto suspensivo. Sin embargo, otros representantes de las partes acusadoras serían de la idea de que el juicio avance paralelamente y, en todo caso, luego juzgar a Díaz Bessone solo.

María Cacciopoli, también abogada querellante, aseguró: “No es que no comprende, no quiere comunicarse. Me pregunto: ¿no es una maniobra defensiva más? De hecho, la esposa y su médico relatan que sí se comunica con ellos”. También remarcó la “incongruencia” entre la resolución del Tribunal de Paraná y la del TOF 2 de Rosario, la cual definió seguir adelante con el proceso en base a los mismos peritajes y esto posibilitó que se le dictara la condena de prisión perpetua el 26 de marzo, que cumple en su domicilio.

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