jueves, 30 de junio de 2011

El represor Appiani deberá esperar la sentencia en la Unidad Penal 1


El juez Ceroleni rechazó el pedido de excarcelación de uno de los procesados en la causa Área Paraná. Consideró que debe seguir preso por la gravedad de los delitos que se le imputan.

 El juez federal Fermín Ceroleni rechazó el pedido de excarcelación de uno de los diez represores imputados en la causa Área Paraná, Jorge Humberto Appiani, quien por ahora deberá esperar en la Unidad Penal Nº 1 de esta capital la sentencia del juicio por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, aunque se espera que insista con su pretensión ante tribunales superiores, se informó a UNO.

El ex militar y abogado ya había llegado hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación con un anterior planteo de excarcelación, que el máximo organismo judicial le rechazó por inadmisible el martes 7 de junio. Pero luego insistió con el reclamo –ejerciendo su autodefensa– por haber cumplido dos años con prisión preventiva y estar todavía sin sentencia, y tampoco tuvo suerte.

Por lo tanto, quien durante la dictadura se desempeñó como auditor del Ejército y auxiliar del Consejo de Guerra Estable N° 1 y N° 2 de la Subzona de Defensa 22 – 2/22 “Paraná”, permanecerá tras las rejas durante el desarrollo del juicio por la causa Área Paraná, que se tramita por escrito y se encuentra en etapa de plenario. Actualmente el expediente está en manos de la Fiscalía, que pidió prórroga para formalizar la acusación y le fue concedida hasta la semana que viene.

Pronóstico desfavorable
Al reclamar su libertad, el represor se amparó en la normativa que fija el límite de dos años para la prisión preventiva sin condena. Sin embargo, la ley también especifica que este plazo se puede extender por un año más según la complejidad de la causa y, en parte, en eso basaron su oposición al planteo los fiscales Mario Silva y José Ignacio Candioti.

Tuvieron en cuenta que la causa Área Paraná es una causa compleja, con una pluralidad de delitos cometidos en circunstancias en que los acusados pretendían asegurar su impunidad. O lo que es lo mismo: se encargaron de borrar las pruebas de sus crímenes. Esto último está comprobado con la desaparición de cadáveres y la demolición de centros clandestinos de detención, entre otras maniobras.

Finalmente, con mismo criterio que la Fiscalía, este jueves Ceroleni resolvió denegar el pedido y prorrogó por un año la prisión preventiva. En sus fundamentos, dijo que se debía considerar que se trataba de una causa en la que se investigan delitos de lesa humanidad, en la cual no sólo hay complejidad, sino que también “se debe ponderar la gravedad de los hechos imputados”, lo que determina un “pronóstico desfavorable en torno a una eventual condenación condicional”.

El juez citó también el precedente del fallo “Bramajo” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde se aseguró que los plazos fijados por la Ley Nº 24.390 sobre la prisión preventiva no deben ser de aplicación automática. En aquel fallo, la Corte revocó la excarcelación de Hernán Javier Bramajo, una persona procesada por homicidio calificado “criminis causae” en concurso material con el de robo doblemente agravado por haber sido cometido con armas y en banda, y lo hizo poniendo como fundamentos, entre otros, la gravedad de los hechos que se le imputaban y las condiciones personales del procesado.

Appiani puede apelar la sentencia de Ceroleni, y de hecho se supone que lo hará y que incluso buscará llegar nuevamente a la instancia última de la Corte. Si bien no conseguirá frenar el juicio –sus recursos no tienen efecto suspensivo sobre ese proceso– su estrategia consiste en conseguir la excarcelación antes de que se dicte la sentencia, de modo de continuar en esa condición aún en el caso de que reciba una eventual condena privativa de la libertad, ya que existen sobrados antecedentes de condenados que continúan libres mientras la pena no quede firme.

A Appiani se le imputa su participación, en calidad de autor mediato, de los delitos de: privación ilegítima de la libertad agravada por la especial calidad de funcionario público, en abuso de funciones, mediante el uso de violencias y amenazas; aplicación de severidades, vejaciones y apremios ilegales, e imposición de tormentos, conductas agravadas por haber durado más de un mes, que se enmarcan dentro del tipo genérico de delito de lesa humanidad de desaparición forzada de personas.

martes, 7 de junio de 2011

Abren la investigación por crímenes en la vieja comisaría de El Brete

Fuente: Gentileza Cristian Portela

El juez Zonis hizo lugar a la requisitoria fiscal y dispuso una serie de medidas y testimoniales por detenciones ilegales y torturas durante la dictadura en una comisaría de Paraná. Por el momento no hay imputados.

El juez federal de Paraná, Gustavo Zonis, hizo lugar este martes a una requisitoria de instrucción efectuada por la Fiscalía y dispuso testimoniales y una serie de medidas en el marco de la investigación de los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura en la vieja comisaría de El Brete, en el este de Paraná. Mientras tanto, todavía debe resolver sobre la imputación pedida por la querella contra el médico Jorge Horacio Capellino, por su presunta participación en la desaparición del militante del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) Pedro Miguel Sobko.

Sobre los dos casos Zonis había corrido vista a la Fiscalía, que luego se expidió a favor de que se avanzara con ambas investigaciones. Por ahora resolvió favorablemente por los delitos cometidos en el centro clandestino de detención que funcionaba en El Brete, aunque por el momento no realizó llamados a indagatoria.

El magistrado pidió informes de la Policía de Entre Ríos para determinar quiénes se desempeñaban en ese destacamento en la época de los hechos investigados (1976-1977), pudo determinar UNO. Además dispuso una serie de audiencias testimoniales para la semana que viene y la siguiente, en las cuales escuchará a seis víctimas de privaciones ilegales y tormentos.

La semana pasada, la Fiscalía Federal había efectuado la requisitoria de instrucción en estas dos nuevas causas que se conformaron en Paraná por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura y había pedido que se avanzara en la determinación de las probables responsabilidades penales.

Los fiscales Mario Silva y José Ignacio Candioti requirieron que se avance en la instrucción por las violaciones a los derechos humanos cometidas en el centro clandestino de detención que funcionaba en la vieja comisaría de El Brete, a la vez que realizaron imputaciones. Ahora que Zonis hizo lugar a la requisitoria, deberían dar explicaciones ex integrantes de la Policía de Entre Ríos; pero por el momento no está prevista ninguna indagatoria.

Cuando elevó a juicio la causa Área Paraná, el juez Zonis separó las actuaciones por los padecimientos sufridos en ese CCD por un grupo de sobrevivientes del terrorismo de Estado entre setiembre de 1976 y enero de 1977. Pero antes de realizar nuevas imputaciones corrió vista a los fiscales, quienes la semana pasada se pronunciaron a favor de que se siga avanzando en ese sentido, dando por acreditado que los hechos existieron.

El caso de CapellinoOtro expediente separado de la causa Área Paraná se conformó a partir de las acusaciones contra el médico militar Jorge Horacio Capellino por su supuesta vinculación con la desaparición Sobko, efectuadas por la querella. Capellino se desempeñaba en el Hospital Militar durante la dictadura, con el grado de teniente primero médico, y habría firmado el certificado de defunción del militante fusilado en avenida Ramírez y luego trasladado al nosocomio castrense, donde se presume que falleció. Su cuerpo nunca apareció.

También en este caso la Fiscalía requirió la instrucción, pero a diferencia del anterior no dio por probada por el momento la participación de Capellino en aquella desaparición forzada de persona. Por eso pidió una serie de medidas de prueba. Sobre esto el juez aún no se ha expedido.

lunes, 6 de junio de 2011

El Tribunal rechazó el planteo de la defensa y Zaccaría irá a juicio

El médico acusado de participar de robo de bebés durante la última dictadura será sometido a un nuevo examen antes del inicio de las audiencias. Dejaron abierta la posibilidad de que participe por videoconferencia.
 
Alfredo Hoffman/Redacción de UNO


El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná rechazó el planteo de la defensa del médico militar Juan Antonio Zaccaría y con esta decisión lo obliga a comparecer en el juicio oral y público que se realizará próximamente en la causa por robo de bebés durante la última dictadura militar. No obstante, los magistrados aclararon que pedirán una nueva evaluación del estado de salud del represor antes del inicio de las audiencias de debate, y deslizaron la posibilidad de que asista mediante el sistema de videoconferencia.

El fallo del Tribunal se emitió el viernes y este lunes fueron notificadas las partes. UNO pudo averiguar que en su parte resolutoria no hace lugar al pedido de la defensa de suspender el proceso penal, aunque aclara que esta determinación es “por el momento”. Antes del juicio, que todavía no tiene fecha, pedirá una nueva evaluación médica, se adelantó en la sentencia.

Zaccaría, quien durante la dictadura se desempeñaba como jefe del servicio de Terapia Intensiva del Hospital Militar de Paraná, está procesado por su participación en los crímenes de lesa humanidad consistentes en la apropiación y sustitución de identidad de los hijos mellizos de la desaparecida Raquel Negro. Los bebés nacieron en el nosocomio castrense entre febrero y marzo de 1978 y uno de ellos recuperó su verdadera identidad en diciembre de 2008.

El jueves en la sala de audiencias del Tribunal se realizó una audiencia pública donde los peritos de la querella y del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema expusieron sobre el examen realizado ese mismo día al acusado en su domicilio de calle Tucumán. En el debate fueron claras las diferencias de opiniones sobre los resultados de esa pericia: mientras los peritos oficiales dijeron que sufre un deterioro mental que le impide ser juzgado, los de la querella pidieron que se rechazara el planteo del abogado defensor Humberto Franchi porque dicho deterioro era mínimo y no le impedía seguir afrontando el proceso en su contra.

Además, los representantes de la querella dejaron abierta la firme posibilidad de que Zaccaría estuviera simulando, ya que como profesional de la salud conoce cuáles son los síntomas que debe fingir para parecer más grave de lo que en realidad está.

Por su parte, los fiscales José Ignacio Candioti y Marina Herbel también propusieron que no se hiciera lugar a la pretensión del represor y mencionaron la posibilidad de que en el caso de que no pudiera asistir de cuerpo presente al juicio, se le permitiera hacerlo desde su domicilio mediante videoconferencia.

El viernes los integrantes del Tribunal Roberto López Arango y Lilia Carnero se expidieron rechazando el planteo y dejando sentado que, como propuso la Fiscalía, pueda utilizarse el sistema de videoconferencia, si es que el futuro examen da como resultado que no puede trasladarse a Tribunales.

Los jueces en su resolución citaron las “notables diferencias” existentes entre las conclusiones de unos y otros peritos y aseguraron que la declaración de inimputabilidad es una definición jurídica y no médica. En ese sentido, concluyeron que no está acreditado que esté impedido de someterse a juicio.

Durante la audiencia, ante las dispares opiniones sobre el estado de salud de Zaccaría, la jueza Carnero había preguntado a los peritos si la Medicina es o no una ciencia. Uno de los médicos de la Corte respondió que no, que sólo utiliza elementos de las ciencias para hacer conjeturas y aproximaciones. En la resolución, el Tribunal citó esa respuesta para fundamentar su decisión.

Sobre la alternativa de la videoconferencia, existe el antecedente cercano del represor Domingo Marcellini, quien en el juicio por la causa Brusa de Santa Fe utilizó ese mecanismo por decisión del tribunal que integraba el mismo López Arango.

jueves, 2 de junio de 2011

“Zaccaría sabe cómo fingir los síntomas”, advirtió la abogada de Abuelas

Ana Oberlin dijo que debe existir certeza de que el médico represor no esté simulando un deterioro mental, como ha ocurrido con otros imputados.

La abogada de Abuelas de Plaza de Mayo Ana Oberlin, una de las querellantes en la causa Hospital Militar, advirtió que el médico militar Juan Antonio Zaccaría sabe cómo fingir los síntomas de su supuesto deterioro mental por el cual pide que se le suspenda el proceso en su contra. Dijo que la simulación “no es una hipótesis paranoica” sino que se basa en la experiencia obtenida en otras partes del país, donde se pudo comprobar que los imputados no tenían los problemas de salud que decían padecer.

Zaccaría fue sometido este jueves a una pericia en su domicilio por parte de miembros del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema y de los peritos propuestos por la querella. Luego se realizó una audiencia ante el Tribunal Oral Federal –estuvieron los jueces Roberto López Arango y Lilia Carnero– donde los querellantes y los fiscales solicitaron que se rechace el pedido de suspensión del juicio. El fiscal José Ignacio Candioti propuso además que, de ser necesario, el imputado acusado de robo de bebés durante la dictadura asista al juicio desde su casa a través de videoconferencia.

“Creemos que de ningún modo la decisión del Tribunal puede implicar sustraer a Zaccaría del juicio oral, porque que en todo caso los padecimientos que puede tener, que tienen que ver con algunas áreas de su salud, no impiden lo esencial que es la comprensión de las acusaciones en su contra, que permiten que pueda estar en juicio”, dijo Oberlin a la 97.1 La Red Paraná, al tiempo que consideró que el imputado sigue la misma estrategia de otros acusados de delitos de lesa humanidad a nivel nacional.

La abogada manifestó que “fue muy precisa la perita neuróloga de la parte querellante (Adriana Lavalle) que dejó claro que por su conocimiento específico de la medicina Zaccaría podía conocer qué factores resaltar respecto a su supuesta patología como para caer en alguna causal que le permita sustraerse de la justicia”.

En ese sentido, manifestó: “Hay que tener certeza de que no está simulando, porque nos ha pasado en otros lugares del país. Distintos imputados aprenden por parte de psiquiatras –mucho más una persona que por su profesión tiene acceso a conocimiento mucho más fácil que cualquier otro– cómo fingir determinados síntomas”.

Agregó que los test de las pericias se aplican “desde hace muchísimos años” y los represores “saben qué respuesta dar o cómo manejarse y logran sustraerse de la justicia a través de mentiras y simulaciones”.

“Nos ha pasado, hemos tenido experiencias concretas de algunos imputados que primero han logrado sustraerse del juicio y después hemos demostrado que habían simulado y en realidad estaban en perfectas condiciones. No es una hipótesis paranoica de nuestra parte, sino que la experiencia nos demuestra que ante la inminencia del juicio oral, la creatividad con la que se manejan los imputados es asombrosa”, enfatizó.

Finalmente consideró que la pericia se hizo “en unas condiciones que no son las óptimas”, pese a lo cual “demostró que está ubicado en tiempo y espacio y que puede responder a las preguntas; a pesar de haber sido sometido a estrés pudo desenvolverse con corrección”.